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Ómnibus, del Consejo de la UE una mayor simplificación de la CSRD y la CSDDD

Ómnibus, del Consejo de la UE una mayor simplificación de la CSRD y la CSDDD
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El Consejo de la UE ha dado a conocer su postura sobre el paquete ómnibus. Su núcleo es siempre el mismo: simplificar. De hecho, la propuesta que el Consejo presentará a negociación con el Parlamento Europeo no solo establece el umbral de 1.000 empleados para la CSRD , como ya sugirió la Comisión, sino que también eleva el límite de facturación anual a 450 millones de euros , dejando fuera a miles de medianas empresas europeas.

También para la Directiva sobre la debida diligencia en materia de derechos humanos y medio ambiente (CSDDD) , el Consejo propone elevar los umbrales a 5.000 empleados y 1.500 millones de euros de facturación neta. Esto significa que solo 6.000 grandes empresas europeas y unas 900 empresas de terceros países estarán sujetas a la directiva.

«La promesa de simplificar la legislación de la UE se ha cumplido», declaró Adam Szłapka , ministro polaco para la Unión Europea. «Queremos crear un entorno empresarial más favorable para ayudar a las empresas a crecer, innovar y crear empleo de calidad».

El paquete Ómnibus I, publicado por la Comisión en febrero de 2025 y considerado una máxima prioridad por el Consejo, tiene como objetivo reducir la burocracia, reforzar la proporcionalidad y garantizar una mayor seguridad jurídica para las empresas europeas a la hora de cumplir los objetivos ESG.

La CSRD, adoptada para garantizar la transparencia y la comparabilidad de los informes ESG de las empresas, ha suscitado numerosas críticas en los últimos meses por su excesiva complejidad y las cargas desproporcionadas que impone, especialmente a las pymes (el umbral inicial incluía, de hecho, empresas con 250 empleados o una facturación de 50 millones). El Consejo respondió con un mandato claro: reducir el público destinatario, manteniendo al mismo tiempo la eficacia de la información.

En concreto, además de la exclusión de las pymes cotizadas, el nuevo umbral de 1.000 empleados exime de estas obligaciones a numerosas empresas medianas. A esto se añade el umbral alternativo de 450 millones de euros de facturación neta.

Al mismo tiempo, sin embargo, el Consejo ha introducido una cláusula de revisión que podría dar lugar a una nueva ampliación del perímetro en el futuro, si surge una brecha de información significativa. El principio rector sigue siendo el de la proporcionalidad: exigir mucho solo a quienes pueden asumir la carga, promoviendo al mismo tiempo una cultura de información sostenible.

Además, el mecanismo de “parada del reloj”, adoptado ya en abril de 2025 , permite una prórroga de dos años para la aplicación de la CSRD a las empresas que aún no están sujetas a ella, lo que ofrece un margen importante de preparación y adaptación, especialmente en una fase de incertidumbre macroeconómica.

Al igual que la CSRD, la CSDDD, que impone obligaciones de diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente en virtud de la Directiva 2024/1760, ha experimentado una clara reorganización de su ámbito de aplicación. El Consejo ha propuesto reducir los umbrales a 5.000 empleados y 1.500 millones de facturación neta . El principio es simple: centrar la intervención reguladora en las entidades con mayor capacidad de influir y absorber costes.

El nuevo enfoque se basa en una lógica basada en el riesgo : las empresas deberán centrar el análisis y la debida diligencia en aquellas áreas de la cadena de suministro donde el riesgo de impactos negativos sea mayor. Por lo tanto, ya no es necesario mapear toda la cadena de suministro en detalle, sino centrar la atención en los socios comerciales directos (nivel 1) , a menos que surjan elementos objetivos y verificables que justifiquen una ampliación.

Este enfoque permite una reducción sustancial de la documentación y la carga operativa, a la vez que preserva la esencia ética y estratégica de la debida diligencia. También en este caso, se incluye una cláusula de revisión para evaluar posibles evoluciones del ámbito de aplicación.

Además, el Consejo propone posponer un año, hasta el 26 de julio de 2028 , el plazo de adopción de la legislación, dando así a las empresas más tiempo para adaptarse.

La Directiva Ómnibus I no se limita a las dos directivas principales. La simplificación también afecta a las obligaciones relativas a los planes de transición para la mitigación del cambio climático . Estos planes, ya previstos en la propuesta de la Comisión, se simplifican aún más: ya no es necesario detallar todas las fases de implementación, sino únicamente demostrar la existencia y la coherencia de las intervenciones previstas . Las autoridades supervisoras también podrán ofrecer orientación y asesoramiento a las empresas, reduciendo así el margen de incertidumbre regulatoria.

Por último, en materia de responsabilidad civil, el Consejo apoyó la propuesta de la Comisión de abandonar un régimen armonizado a nivel de la UE, dejando a los Estados miembros la libertad de regular cualquier mecanismo de sanción , cuando sea compatible con las leyes nacionales.

El objetivo actual del Consejo es colaborar rápidamente con el Parlamento Europeo para alcanzar un acuerdo ambicioso y sostenible. Por lo tanto, la siguiente fase de negociación será crucial no solo para la forma final de las directivas, sino para toda la estructura de la gobernanza ESG europea en los próximos años.

esgnews

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