El Servicio de Impuestos Federales niega que notificará a los adultos que viven con sus padres

La Receita Federal difundió un comunicado oficial para desmentir que notificará a los adultos que viven con sus padres a partir de enero de 2026, clasificando la información, que circula en las redes sociales desde el domingo (21), como "noticias falsas, aparentemente impulsadas por políticos opositores al gobierno".
"La mentira intenta relacionar esto, de forma confusa, con el pago de la renta o algo similar", decía el comunicado. "Esto no existe ni tiene sentido", declaró la agencia, añadiendo una advertencia para tener cuidado con "cualquiera que mienta sin fundamento ni razón aparente, salvo para infundir miedo y desinformación".
Una de las publicaciones que divulgó la información negada por el IRS dijo que la agencia comenzaría a utilizar "inteligencia artificial para cruzar datos del Registro Nacional de Propiedades Rurales y Urbanas (Cinter) y del Registro Inmobiliario Brasileño (CIB)".
El objetivo sería identificar tanto a los arrendadores que no declaran los recibos de alquiler como a los inquilinos que no declaran el gasto en su declaración de la renta, lo que incluiría a los adultos que viven con sus padres. El artículo se actualizó tras la denegación de la agencia tributaria.
El medio también citó el Artículo 975 del Decreto 9.580/2018 , que regula el impuesto sobre la renta de cualquier naturaleza. La disposición establece que las personas físicas deben declarar anualmente al IRS los ingresos pagados el año anterior, indicando el nombre, la dirección y el CPF o CNPJ de los beneficiarios, bajo pena de multa del 20 % del monto no declarado.
No existe en Brasil una base de datos denominada “Registro Nacional de Propiedades Rurales y Urbanas” o con la sigla “Cinter”.
El más cercano a la nomenclatura es el Registro Nacional de la Propiedad Rural (CFIR), que integra datos del Sistema Nacional de Registro Rural (SNCR), del Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (Incra) y del Registro de la Propiedad Rural (Cafir), administrado por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) con información sobre los inmuebles rurales, sus propietarios y, en su caso, copropietarios y copropietarios.
La Hacienda creó el CIB, “CPF de los bienes inmuebles”El rumor surgió a raíz de una instrucción normativa del IRS ( 2.275/2025 ), firmada por el secretario Robinson Barreirinhas el 15 de agosto y publicada en el Diario Oficial de la Unión el jueves pasado (18). Sin embargo, el texto no menciona a los adultos que viven con sus padres ni la relación entre inquilinos y arrendatarios.
La norma regula la participación obligatoria de las notarías en el Sistema Nacional de Gestión de Información Territorial (Sinter) y establece el Registro Inmobiliario Brasileño (CIB) como identificador único de inmuebles en todo el país, como una especie de "CPF de inmuebles" .
La medida está prevista en la Ley Complementaria 214/2025 , una de las que regulan la reforma tributaria, y tiene como objetivo estandarizar los registros inmobiliarios e integrar bases de datos de la Unión, estados y municipios para la gestión de la política tributaria e inmobiliaria.
Tras la publicación de la norma, las notarías y registros públicos deberán enviar electrónicamente a la Receita Federal, a través de Sinter, datos relativos a las transacciones inmobiliarias, alteraciones en la caracterización de los inmuebles, además de las informaciones necesarias para definir valores de referencia.
Una nota técnica elaborada por la Confederación Nacional de Municipios (CNM) señala que la integración de Sinter y CIB aumentará la transparencia fiscal, permitiendo a los municipios consolidar sus bases territoriales y económicas, "contribuyendo directamente a la correcta identificación de los contribuyentes, la delimitación de la propiedad, la reducción del fraude y la mejora de la recaudación y el fortalecimiento de la fiscalización compartida entre las entidades federativas".
¿Cuando empieza el “CPF para bienes inmuebles”?De acuerdo con el cronograma de implementación del nuevo modelo de registro de inmuebles, a partir del 1 de enero de 2026, las dependencias federales, notarías, capitales de los estados y el Distrito Federal deberán haber firmado un convenio con el IRS, puesto a disposición la información en Sinter e incluido la información del CIB en sus sistemas.
Las agencias estatales y otros municipios tienen hasta el 1 de enero de 2027 para cumplir con las mismas obligaciones.
En los mismos plazos, las entidades federativas deberán revelar el valor de referencia de los inmuebles en Sinter, estimado para todos los activos inmobiliarios que forman parte del CIB y actualizado anualmente.
“Este valor de referencia se utilizará en el cálculo del IBS [Impuesto sobre Bienes y Servicios] para las transacciones que involucran inmuebles, lo que demuestra su relevancia para los ingresos del municipio”, dice la nota técnica del CNM.
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